miércoles, 7 de julio de 2010

“Licenciado, ¿Después del amparo hay algún otro recurso?”



Una de las actividades profesionales que más he disfrutado ha sido la cátedra universitaria. Ningún otro lugar como las aulas para fomentar el intercambio de conocimientos, el ejercicio mental y el estudio de la realidad social (del “ser”, en contraste con el “deber ser”). Hace tiempo escuché uno de los diálogos “de pasillo” más memorables entre un maestro y sus alumnos:

- Alumno desconocido: “Licenciado, ¿Después del juicio de amparo hay algún otro recurso?”.
- Maestro anónimo: ¡Por supuesto que no!

Pensé, por un momento, esperar a que los alumnos se despidieran de su maestro para acercarme al mismo y comentarle, de manera discreta y sin ánimos de herir su orgullo profesional, que el ius gentium, fundamento del derecho internacional, señala la clara prevalencia de la comunidad internacional sobre el arbitrio de cada Estado individual ; en consecuencia, existen dentro de la normatividad internacional mecanismos de defensa al alcance de las personas que han visto vulnerados sus derechos, sin obtener respuesta justa y legal por parte de sus respectivos gobiernos.

Sin embargo, el único orgullo profesional que se vio mermado fue el mío. Advertí a tiempo que sería incapaz de obsequiar una asesoría completa a mi colega, ya que desconocía la normatividad, plazos y características de aquellos mecanismos de defensa. Dicho en otras palabras, tenía la noción de que el derecho internacional cuenta con medios de protección para los individuos, pero no era capaz de explicar, ni en lo general, ni en lo particular, cuáles eran. Tras un hondo respiro, dirigí mi marcha hacia otro lado y nunca hablé con aquél profesor. En distinta medida, ambos estábamos bajo la misma nube gris.

Ignorancia como la de aquel maestro anónimo y la propia solo reflejan una realidad innegable de México y de la gran mayoría de sus profesionales del Derecho: la falta de acceso a medios de defensa internacional por una deficiente asesoría legal y/o por la imposibilidad de solventar los costosos honorarios de aquellos abogados o firmas que cuentan con la experiencia internacional necesaria para poder tramitar denuncias o litigios ante foros internacionales.

Incluso, la modernidad contemporánea ha develado nuevas formas de violación a los derechos humanos y agregado variables que hacen más compleja la aplicación de los principios básicos del Derecho. Por citar algún ejemplo concreto, gracias a mi labor como consultora en una agencia de reclutamiento, con sede en la ciudad de Monterrey, he advertido que en pleno siglo XXI aún existen empleadores que exigen que todos sus prospectos a empleados sean de “color blanco” o la prueba de embarazo a sus candidatas. ¿Cómo podemos imaginar una recuperación del mercado laboral cuando se viola de manera fragante los derechos más supremos?

Pufffffff.... los abogados tenemos tanto que estudiar, tanto que madurar, tanto que aprender. Tantos nichos de oportunidad que nos negamos a ver por estar pensando en los honorarios y en la evasión de la responsabilidad penal, civil y fiscal.

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